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7 de octubre de 2022

Argentinos descendientes de españoles podrán acceder a la ciudadanía de forma directa

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España aprobó la Ley de Nietos y a con ella, hijos y nietos de españoles podrán acceder a la ciudadanía de forma directa.

La ley prevé además el requisito antes indispensable de radicarse por un tiempo determinado en el país (actualmente, los argentinos que no poseen la ciudadanía o que solamente tienen la visa de trabajo o estudio pueden permanecer en España por 90 días de manera legal). Así las cosas, una vez reglamentada la ley, las y los ciudadanos argentinos que acrediten ser descendencia española, podrán comenzar el trámite de la ciudadanía.

El proyecto llamado “Memoria Histórica” se convirtió en ley -ahora conocida como “Ley de Nietos” -tras la aprobación del Senado español ayer, miércoles 5 de octubre. Cabe resaltar que España atraviesa un proceso de reparación democrática a las víctimas de la guerra y de la dictadura. Con la reglamentación de la ley, las y los argentinos descendientes de españoles tendrán algunos beneficios para adquirir la nacionalidad, para facilitar de esta manera una eventual emigración hacia el continente europeo.

Asimismo, no determinaría un límite de edad para aplicar, en contraposición a lo que exige la normativa vigente. De obtenerse la ciudadanía española, se otorga acceso además al sistema educativo local, trabajos dentro de la comunidad europea y el libre tránsito.

 

Cómo tramitarla

 

Interesados deben presentarse con cita previa en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia en Argentina para realizar el trámite con la siguiente documentación:

El acta de opción por la nacionalidad española.

Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.

Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.

Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.

Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.

DNI argentino del progenitor español.

DNI argentino del interesado.

En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.

 

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