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22 de abril de 2024

Feliz aniversario Servicio Penitenciario Provincial, 16 años de historia

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El 22 de abril del 2008 se creó, el Servicio Penitenciario Provincial, mediante Decreto Nº 1433 del Poder Ejecutivo, ratificado por Ley Nº6117; registrándose un cambio trascendental en la asistencia y el tratamiento de las personas privadas de su libertad. Tiene su sede central en Avenida Italia Nº 253 de la ciudad de Resistencia.

MISION

 

El Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Provincia, como fuerza de seguridad, tiene como misión específica la guarda y custodia de las personas privadas de su libertad, sometidas a proceso penal y en cumplimiento de la ejecución de la pena privativa de la libertad de los condenados por la justicia provincial que deban ser alojados en establecimientos carcelarios de la Provincia.

 

Para el ejercicio legal de su misión está facultado al uso de la fuerza pública en forma racional y en la medida que las necesidades lo requieran.

 

Además, procurará que los detenidos, procesados y condenados alojados, adquieran la capacidad de respeto a la ley, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo además la comprensión y el apoyo de la comunidad.

 

COMPETENCIAS

 

Al Servicio Penitenciario de la Provincia, le compete en general, velar por la seguridad y custodia de las personas alojadas en establecimientos de su dependencia, procurando mediante el sistema, regímenes y tratamientos en cada caso aplicable, preservar y mejorar sus condiciones morales y espirituales, su educación, su salud, y en particular, los siguientes:

 

a) Promover la readaptación social de los condenados a penas privativas de libertad y coordinar con la dependencia encargada de la reinserción social del liberado, las acciones tendientes a dar efectivo cumplimiento a las previsiones que sobre la materiacontiene la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (ley nacional 24.660 y sus modificatorias);

 

b) Asesorar al Poder Ejecutivo en asuntos referidos a política penitenciaria;

 

c) Colaborar en la proposición de políticas tendientes a la prevención de la criminalidad;

 

d) Asesorar en materia de su competencia a otros organismos oficiales;

 

e) Llevar estadísticas penitenciarias e intercambiar información de interés científico o técnico con otras administraciones penitenciarias;

 

f) Propiciar la creación de establecimientos penitenciarios;

 

g) Atender al reclutamiento, selección, formación y perfeccionamiento del personal penitenciario;

 

h) Contribuir al estudio y perfeccionamiento de las disciplinas penitenciarias y criminológicas, como también de la legislación que comprende al Derecho de Ejecución Penal;

 

i) Coordinar acciones con los restantes Servicios Penitenciarios, Federal y Provinciales y con instituciones intermedias de los distintos ámbitos, a los fines de un mejor desenvolvimiento institucional;

 

j) Proveer servicio de seguridad y vigilancia adicional, de conformidad a las normas que lo regulen;

 

k) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de educación, asistencia espiritual, trabajo y observancia irrestricta de los derechos humanos, establece la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (ley nacional 24.660 y sus modificatorias);

 

l) Podrá mantener relaciones con otras instituciones penitenciarias, policiales, fuerzas armadas o de seguridad, provinciales, nacionales o extranjeras, con fines de cooperación y coordinación en materia de organización carcelaria, régimen de la pena privativa de libertad, intercambio cultural y profesional, alojamiento de detenidos, procesados y condenados, que a tal efecto podrá celebrar convenios.

 

Fuente de Misión y Competencias: Ley Orgánica del Servicio Penitenciario y Readaptación Social de la Provincia del Chaco

 

INSTITUCIONAL

 

Fundado el 22 de abril del 2008 mediante Decreto Nº 1433 del Poder Ejecutivo, ratificado por Ley Nº6117; registrándose un cambio trascendental en la asistencia y el tratamiento de las personas privadas de su libertad. Tiene su sede central en Avenida Italia Nº 253 de la ciudad de Resistencia.

 

Lleva adelante su constante dinámica con la finalidad de optimizar los recursos humanos y materiales, apostando a la constante capacitación del personal superior y subalterno.

 

Desde entonces, el Servicio Penitenciario y de Readaptación Social ha dejado de depender de la Policía de la Provincia del Chaco, teniendo a cargo 1355 detenidos, 1594 empleados penitenciarios y 92 personal técnico – profesional.

 

Ésta Institución cuenta con una Alcaidía de Hombres y una para Mujeres con asiento en la ciudad de Resistencia, una Casa de Pre-Egreso en Fontana (para internos próximos a recuperar su libertad), un Centro de Atención al Menor “Aldea Tres Horquetas”, mediante convenio marco firmado entre el Servicio Penitenciario Provincial y el

 

Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, se hizo entrega del mismo a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y familia, encargándose el S.P.P. de la seguridad perimetral.

 

En la zona interior funcionan establecimientos penitenciarios en las localidades de: Pcia. Roque Sáenz Peña, Villa Ángela, General José de San Martín, Charata y Juan José Castelli.

 

Afrontando inversiones en materia edilicia en el año 2012, el Gobierno Provincial construyó en la ciudad de Pcia. R. Sáenz Peña un establecimiento denominado Complejo

 

Penitenciario II, con una capacidad para 500 internos, asimismo, en la ciudad capital se halla en ejecución la obra del Complejo Penitenciario I de las mismas características, constituyendo éstas, unidades modelos en el país, disponiéndose de sectores acordes a las legislaciones vigentes, donde las personas privadas de libertad pueden acceder a la educación, deportes, cultura, talleres, etc.

 

Asistencia, integración social, prevención; Encierran la labor de ésta joven institución

 

RESEÑA HISTÓRICA

 

El Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Provincia del Chaco, fue creado el 22 de abril del año 2008, mediante Ley Nº 6117, sancionado el 22/04/2008, promulgado el día 01/08/2008, publicado el día 11/08/2008, el cual en su Art. 1º versa:

 

"Créase el Servicio Penitenciario Provincial, como auxiliar de la Administración de Justicia", cuya misión y función radica en la Custodia, Guarda y Readaptación Social de las Personas Privadas de su Libertad, sean procesados y/o condenados, adecuándose en concordancia con Ley Nacional N°24.660/96.

 

Toda persona privada de su libertad -independientemente de los motivos que lo han llevado a tal condición- que se encuentran actualmente cumpliendo una sanción en unidades o dependencias perteneciente al Servicio Penitenciario y de Readaptación

 

Social de nuestra Provincia, deberá ser sometido a un tratamiento interdisciplinario e individualizado, con el fin de que adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad de acuerdo a lo estipulado en el Art. 1º de la Ley Nacional 24.660/96.

 

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

 

Contribuir al fortalecimiento de una Institución especializada en la custodia, guarda, tratamiento y garantía de los derechos de los condenados, procesados y de otras personas privadas de libertad, haciendo cumplir para ello expresas normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes en la materia.

 

ACCIONES:

 

1. Conducir operativa y administrativamente la Institución, proveyendo a la organización y control de los servicios, ejerciendo la representación ante otras autoridades.

 

2. Aplicar la Política Penitenciaria en consonancia con la Ley Nacional y Provincial vigente.

 

3. Llevar a cabo la selección, formación, capacitación y especialización del personal penitenciario haciendo primar su fin social y de seguridad.

 

4. Supervisar las Actividades penitenciarias que no sean de competencia exclusiva del Poder Judicial

 

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