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29 de Octubre de 2024
ACTUALIDAD
29 de octubre de 2024
Se trata de Gerardo Ramos, involucrado en un procedimiento por el secuestro de 44 kilos de cocaína en 2022.
Gerardo Ramos, un sargento de la Policía del Chaco que prestaba servicios en la Comisaría Segunda, fue condenado esta semana por falso testimonio agravado en el marco de una causa por el secuestro de 44 kilogramos de cocaína en la capital provincial en 2022.
El uniformado recibió una pena de dos años de prisión en suspenso tras el fallo dictado este lunes por el Tribunal Oral Federal de Resistencia.
El caso data del 1 de agosto de 2022 cuando un mecánico de nombre Luis Hermosa, cómplice de Ramos, se presentó en la Segunda a denunciar que había presenciado un robo el día anterior.
Ese supuesto hurto de una motocicleta derivó en el hallazgo de 44 kilos de cocaína y se transformó luego en un expediente penal con una serie de acusaciones y nuevas denuncias entre efectivos policiales.
El sargento Ramos había participado días después en un allanamiento derivado de la investigación por el presunto robo y fue quien dijo haber encontrado los ladrillos con la droga en la casa de un hombre sindicado como autor del hurto.
Según publicó este martes el sitio DiarioChaco.com, “la trama principal parece haber tenido un objetivo claro: facilitar el allanamiento al domicilio de Sánchez, donde se hallaron 44 kilos de cocaína oculta en el cielo raso del departamento. Este descubrimiento, que a simple vista justificaba la intervención policial, hoy parece ser el resultado de un acto premeditado por parte del mecánico y el sargento Ramos”.
“La víctima de robo declaró bajo juramento que no hubo testigos en el momento del asalto, descartando cualquier posibilidad de que los dos imputados hubieran obtenido información verídica de un testigo presencial”, agregó el medio noticioso.
¿Qué determinó la Justicia?
El juez Juan Manuel Iglesias analizó la participación penal de Ramos y Hermosa en el entramado delictivo que incluyó la manipulación de un procedimiento policial y la falsificación ideológica de documentos públicos para encubrir un delito mayor: la incautación ilegal de sustancias prohibidas.
En el fallo, el juez de Cámara detalló que Ramos, en su calidad de funcionario público, tuvo un rol preponderante en la ejecución de actos investigativos que, si bien en apariencia se dirigían a resolver un robo, fueron intencionalmente manipulados para construir un marco que facilitara la incautación de drogas, utilizando el sistema judicial y policial como herramientas para concretar el ilícito. Se concluyó que la calidad de autor de Ramos en estos hechos se funda en el concepto de "dominio del hecho", donde no solo diseñó sino también dirigió la acción.
Por su parte, la intervención de Hermosa fue categorizada como coautoría funcional, ya que ambos mantuvieron un dominio conjunto y un plan previamente acordado. El tribunal explicó que la "teoría del dominio del hecho" se aplica cuando cada partícipe tiene control sobre su porción de la acción delictiva. En este caso, Hermosa contribuyó con la organización del marco de actuación y decisiones claves que posibilitaron la continuidad del delito.
Las partes involucradas en esta nota tienen su correspondiente derecho a réplica, comunicándose con la producción del programa Alerta Urbana de lunes a viernes de 9 a 13 a los teléfonos 3624-100411 / 3624-622442.
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