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29 de mayo de 2024

La Corte anuló la absolución de Cristóbal López y Fabián De Sousa en un caso de fraude al Estado por 8 mil millones de pesos

La resolución dejada sin efecto había beneficiado a los empresarios y condenado solo al extitular de la Afip, Ricardo Echegaray.

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto ayer, por unanimidad, las absoluciones del empresario Cristóbal López y de su socio Fabián de Sousa en una causa donde fueron juzgados, acusados de haber retenido 8 mil millones de pesos en impuesto a los combustibles y de haber usado ese dinero para capitalizar su grupo económico Indalo, cuando debieron haber entregado los fondos retenidos al Estado. 

En la época, hace unos diez años, el monto del dinero retenido equivalía a unos 1.000 millones de dólares.

Ahora se deberá dictar un nuevo fallo. Un tribunal oral federal había absuelto a López y De Sousa pero había condenado al extitular de la Afip, Ricardo Echegaray, a cuatro años y ocho meses de prisión. 

En el juicio oral, que terminó en diciembre de 2021, el voto mayoritario fue de los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos, que se pronunciaron por absolver a los dos empresarios. En disidencia, por la condena de todos, votó Andrés Basso.

Luego, la Cámara de Casación confirmó el 23 de octubre de 2023 la absolución de López y de su socio. Además, el tribunal ordenó recalcular la pena que había sido impuesta a Echegaray, al entender que el cómputo estaba mal hecho.

Ese fallo de la Cámara de Casación fue de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone. Los magistrados concluyeron que la petrolera de López y De Sousa se había beneficiado de una autorización ilegítimamente otorgada por Echegaray que provocó un perjuicio al Estado Nacional. Sin embargo, confirmaron la absolución de López y De Sousa por aplicación del beneficio de la duda. Es decir, entendieron que los indicios y las pruebas eran incriminatorios, pero no suficientes para condenarlos.

El fiscal Mario Villar presentó un recurso extraordinario contra esa decisión, pero la Casación no se lo concedió; es decir, no le habilitó el camino a la Corte. La fiscalía insistió con un recurso de queja directo ante la Corte Suprema, que accedió a tomar el caso y hoy dejó sin efecto las absoluciones.

El fallo de la Corte es unánime y lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Ahora la causa debería regresar a la Cámara de Casación donde otros jueces diferentes, que no hayan opinado, deben dictar un nuevo fallo, teniendo en cuenta que la Corte dijo que el tribunal había tratado solo en apariencia los planteos del fiscal Villar contra las absoluciones.

La condena contra Echegaray fue dictada el 16 de diciembre de 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 de la Capital Federal. Incluyó contra el funcionario una inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública. El delito por el que se lo condenó fue administración fraudulenta, agravado por haber sido cometido en perjuicio de la administración pública.

En la causa se juzgó el otorgamiento de planes de regularización de deudas impositivas por falta de pago oportuno de las liquidaciones correspondientes al Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL).

De Sousa y López fueron juzgados como partícipes necesarios del delito. En la acusación se sostuvo que los empresarios, contando con la anuencia de AFIP, financiaron la expansión de su grupo económico mediante préstamos “intercompany” por montos equivalentes al dinero que dejaban de abonar al fisco en concepto de ICL, impuesto cuyo pago diferían sistemáticamente gracias a los planes de regularización concedidos por el funcionario competente.

 

Fuente: La Nación.

 

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