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19 de marzo de 2024
El boceto que presentó el oficialismo a los gobernadores renueva las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
El paquete de reforma fiscal que impulsa el oficialismo propone cambios importantes en el Monotributo. En concreto, la propuesta del Ejecutivo busca actualizar las escalas en forma trimestral, además de aumentar el aporte jubilatorio y de la obra social de quienes forman parte del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Al mismo tiempo, añade una contribución adicional, "a opción del contribuyente" al Régimen Nacional de Obras Sociales.
El incremento de las escalas será trimestralmente a través del IPC que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a partir del mes de abril.
A diferencia del paquete fiscal retirado en plenas negociaciones en sesiones extraordinarias, los valores a actualizar que propone el Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes son sensiblemente menores, tanto para los limites de facturación como para el componente impositivo de la cuota, mientras que obra social y jubilación quedan igual. Así lo advirtió el contador Marcos Felice en la red social X.
Las nuevos parámetros de facturación definidos en el presente proyecto fijan en $20.500.000.- el último tramo para prestaciones de servicios y en $35.500.000.- para venta de cosas muebles.
Mientras que el proyecto anterior proponía un aumento para la categoría A de facturación hasta $5.000.000 elevando la escala un 137%, el presente proyecto la eleva a $3.000.000, solo un 42,3% en un momento que la inflación hace rápidamente quedar bajo el límite.
Para el caso de la facturación límite del régimen como la categoría H en servicios, el proyecto anterior ponía el límite en $35.000.000 mientras que el actual lo ubica en $20.500.000. En el caso de la venta de cosas muebles, el límite máximo era de $68.000.000 de la categoría K y en el actual pasaría a $35.500.000.
Sobre esta baja en los límites del proyecto, Felice indica que "seguramente sea para no seguir perdiendo recaudación. Si entran más contribuyentes al régimen de Monotributo, caen los del régimen general que son los que más impuestos pagan".
Aparte, se modificó el precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles, llevándolo de $180589,67 a $385.000, aumentándolo un 113,2%.
Por otra parte, las cuotas a pagar mensualmente irán desde $26.100.- para la categoría A a $133.097.- para la categoría más alta de servicios y a $246.919.- para venta de bienes.
Además, los montos limites de las escalas de facturación, y las cuotas a ingresar se actualizarán trimestralmente de acuerdo al IPC, según lo que detalla el proyecto en su articulado: "Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2°, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal 2024, inclusive, por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el (INDEC)".
Monotributo: aumento de aporte jubilatorio y de obras sociales
Dentro de las nuevas escalas, que propone el nuevo proyecto, se actualiza un 10% las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de todas las categorías, excepto de la A que la sube a $9.800.
Asimismo, se incrementa a $13.800 la contribución del Régimen Nacional de Obras Sociales de las categorías A, B y C, de los cuales un diez 10% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución. En tanto, las demás categorías quedarán con el siguiente aporte:
A su vez, se propone un "aporte adicional" de $13.800, "a opción del contribuyente", al Régimen Nacional de Obras Sociales. El 10% de esa contribución se destinará al Fondo Solidario de Redistribución.
Monotributo: exentos de los nuevos aportes
En el caso de los inscriptos en el el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano, incluidos en la Categoría A, estarán exentos del incremento en el aporte jubilatorio, mientras que en el aporte a obras sociales y el adicional, tendrán una disminución del 50%.
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