Jueves
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JUDICIALES
6 de diciembre de 2023
Sin embargo el abogado expresó que el Clan Sena puede pedir el cese de prisión preventiva pero que la decisión de concederles o no este derecho es del Juez de Garantías o que bien por la complejidad de la causa y el tipo de delito imputado los mantenga presos hasta el juicio oral y público
Ante los cambios de abogados y planteos de recursos, el Clan Sena, Emerenciano, César y Marcela, imputados por el supuesto femicidio de Cecilia Strzyzowski, continúan realizando cambios para aparentemente dilatar la elevación a juicio de la causa. En este marco, Alerta Urbana entrevistó al Dr. Juan Arregin ex abogado querellante de la familia de la joven presuntamente asesinada y explicó que según como “venga” la causa y la situación de los defendidos, los abogados defensores utilizan las herramientas que les da el Código de Procesamiento. Así también dijo que teniendo en cuenta el Código Procesal Penal del Chaco, es muy garantista y “Y prevé en el Artículo 346, un plazo máximo de investigación de dos meses, prorrogable por otros dos meses y que en su finalización deberían elevar la causa a juicio o por lo menos dictar un cese de prisión preventiva. En causas muy complejas, los jueces de garantías autorizan esto a los fiscales, pero este es un camino de cornisa, donde uno ingresa cuando pasa el tiempo indefinidamente o injustificadamente. Así como la Ley de Protección de Víctimas favorece a los que son damnificados por delitos, las reglas del juego de Código de Procedimiento habilitan ciertos beneficios o garantías para os imputados, como pedir el cese de prisión preventiva”
Con todo ello el letrado dijo que con todos estos procedimientos “Si bien los fiscales están trabajando y habían anunciado que antes de fin de año iban a pedir la elevación a juicio, pero en realidad hasta el momento están dilatando todo para sacar algún beneficio”
Por último el letrado reiteró “Entiendo que el cambio de abogados maniobras dilatorias. Pero se pueden prohibir el cambio de abogados, pero sí las conductas obstructoras del avance de una investigación pueden ser sancionados por la Ley del ejercicio profesional de la abogacía”
Cabe mencionar que las partes involucradas en esta nota tienen su correspondiente derecho a réplica comunicándose a los números 3624100411/ fijo 4573782
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