Viernes
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JUDICIALES
5 de junio de 2025
Le cayeron encima canastos de tomates.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala I, resolvió aumentar la indemnización por daño moral a favor de una niña que sufrió una fractura en una pierna tras un accidente en una sucursal de Wal-Mart en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El tribunal, integrado por los jueces Juan Pablo Rodríguez, Gabriela A. Iturbide y Paola Mariana Guisado, confirmó la responsabilidad de la empresa y de su aseguradora, Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, y elevó la suma a $8.000.000.
El caso se originó por un incidente ocurrido el 12 de enero de 2017, cuando la menor, de seis años, en el momento en que quiso tomar un alfajor fue alcanzada por una pila de canastos con tomates que se desplomó en el interior del supermercado.
La niña fue atendida en el lugar por el servicio de emergencias y luego trasladada al Sanatorio Los Arcos, donde se le diagnosticó fractura de tibia y peroné en la pierna derecha.
La demanda fue presentada por los padres de la menor, en representación de ella y de su hermano. Los actores reclamaron indemnización por daño moral y otros conceptos, citando en garantía a la aseguradora.
La sentencia de primera instancia había hecho lugar parcialmente a la demanda, condenando a Wal-Mart y a Sancor a abonar $6.680.000 a la menor, pero rechazó los reclamos de los padres y el hermano. Tanto los actores como la aseguradora y la Defensora de Menores e Incapaces apelaron la decisión.
El tribunal de alzada confirmó el encuadre jurídico de la primera instancia, aplicando la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial de la Nación. La Cámara sostuvo que la relación entre la menor y el supermercado constituye una típica relación de consumo, lo que activa el deber de seguridad a cargo del proveedor.
La aseguradora intentó eximirse de responsabilidad argumentando que la menor se encontraba sola y que la causa del daño fue la falta de supervisión de su cuidadora. Sin embargo, la Cámara consideró que no se acreditó que la conducta de la víctima fuera la causa adecuada del daño. El tribunal citó la declaración del gerente del supermercado, quien reconoció que “uno de los empleados había dejado un roll (carro metálico), el cual poseía varios cajones plásticos, los que contenían tomates, y que luego de ello el empleado fue a reponer las góndolas de papa, y que en un momento dado estos caen sobre el pie de una menor, desconociendo el motivo”.
La sentencia sienta un precedente sobre la aplicación de la responsabilidad objetiva en el marco de la relación de consumo y el alcance de la reparación integral en casos de accidentes en establecimientos comerciales.
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