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JUDICIALES

6 de abril de 2022

En un fallo inédito quedó firme la sentencia contra el ginecólogo Dr. Fernández Torres

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Con fecha 23 de marzo de 2.022, la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco resolvió Declarar la inadmisibilidad formal del recurso de casación interpuesto por la defensa.

Alerta Urbana entrevistó al Dr. Juan Ignacio Díaz (M.P. N° 8385) abogado del Sr. Milton Adriel Schwindt, esposo de quien en vida fuera Cecilia Aquino, y manifestó que este fue un fallo inédito que se dio en el Juzgado Correccional Nro. 1 a cargo de la Jueza Dra. Silvana Morando, el 28 de mayo del año 2.020.

“En esta sentencia se lo castiga al Dr. Carlos Fernández Torres, con tres años de prisión en ejecución condicional y lo novedoso fue la inhabilitación especial por 10 años para el ejercicio de la medicina, para el doctor, que fue quien acusó a raíz de una negligencia de no seguir la ciencia médica, la muerte de Cecilia Aquino, a partir de una cesárea programada. El niño que nació se encuentra en buen estado de salud pero quedó sin su madre” señaló el Dr. Díaz

Así mismo informó que a raíz de esta sentencia el Dr. Carlos Fernández Torres presentó un recurso de casación y el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, con fecha 23 de mayo, decidió declarar inadmisible este recurso por lo que a nivel provincial estarían cerradas las etapas recursivas. “Lo único que quedaría para el medico Fernández Torres es presentar ante la Corte Suprema de Justicia un recurso extraordinario, pero debería tener una excesiva fundamentación”

La defensa del Dr. Fernández Torres tiene hasta este 12 de abril para apelar la sentencia. Por el momento no está claro si hasta esa fecha el médico ginecólogo puede seguir ejerciendo, pero a criterio del abogado Díaz el Dr. Fernández Torres debería abstenerse de hacerlo.

LA PRIMER SENTENCIA

El 28 de mayo de 2020, el Juzgado Correccional N° 1 condenó al médico tocoginecólogo Carlos Fernando Fernández Torres, a la pena de tres años de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación especial para ejercer la medicina por el término de diez años. La sentencia fue leída por videollamada, en el marco de la pandemia por coronavirus.

El mismo fue sentenciado como autor penalmente responsable del delito de "Homicidio culposo y lesiones leves culposas en concurso real", en virtud de los hechos ocurridos el 14 de abril de 2017 y el 30 de enero de 2014, en perjuicio de Andrea Cecilia Aquino (fallecida) y Jessica Elizabeth Altamirano, respectivamente.

EL CASO DE CECILIA AQUINO

El 7 de abril de 2017, a las 11:45, en el Centro Médico Quirúrgico Resistencia (Avenida 9 de julio N° 1698), Carlos Fernando Fernández Torres intervino quirúrgicamente a su paciente, Andrea Cecilia Aquino, para realizarle un parto por cesárea abdominal, dándole el alta al paciente al día siguiente.

“Posterior a dicho parto, con aptitud negligente por no haber adoptado las precauciones necesarias que la ciencia médica exigía respecto a la evolución de la paciente Aquino, en relación a las heridas de dicha cirugía, la misma ingresó a una segunda internación el 12 de abril de 2017, a las 22, a cargo de Fernández Torres”, indica el escrito del fallo.

Evaluada por el mismo médico, le diagnosticó “abdomen agudo ginecológico y suboclusión intestinal”. “Sin control de otro profesional médico, Cecilia permaneció internada hasta el 14 de abril de 2017 y, al omitir suministrar a la paciente Aquino la medicación necesaria para el tratamiento de su diagnóstico”, la mujer debió ser trasladada de urgencia al Hospital Perrando, ese mismo día a las 5:40, con diagnóstico “sepsis severa a foco abdominal en mal estado general y por el cual se produce su muerte, el día 14 de abril de 2017 a las 9:45, en dicho Hospital", detallaron.

EL CASO DE JESSICA ELIZABETH ALTAMIRANO

El 30 de enero de 2014, a hora no determinada, Jessica Elizabeth Altamirano se encontraba siendo intervenida quirúrgicamente por una cesárea en el Sanatorio Palacio S.R.L. (Córdoba N° 421) de Resistencia, cuando Fernández Torres “por imprudencia en la profesión que se encontraba ejerciendo”, habría dejado debajo del glúteo de la denunciante un electro bisturí.

“Esto generó una lesión a Altamirano, compatible con quemadura de segundo grado en la cara anterior interna del muslo derecho, la cual no debía haberse producido, atento a la intervención que se estaba llevando a cabo", puntualizaron.

 

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