Jueves 28 de Agosto de 2025

Hoy es Jueves 28 de Agosto de 2025 y son las 13:54 - ALERTA URBANA ...DE LUNES A VIERNES DE 09 A 13 POR FM GUALAMBA 101.3 MHZ.- LO QUE TENES QUE SABER ESTA EN ALERTA URBANA

EFEMÉRIDES

28 de agosto de 2025

Hoy se celebra el Día de la Ancianidad: el decálogo de sus derechos

La fecha recuerda al 28 de agosto de 1948, cuando Eva Perón proclamó “Los Derechos de la Ancianidad”.

Las efemérides del 28 de agosto reúnen diferentes eventos que pasaron un día como hoy, jueves en que se celebra el Día de la Ancianidad en la Argentina.

La fecha se corresponde con el día de 1948 en que Eva Duarte de Perón proclamó “Los Derechos de la Ancianidad”, un decálogo de puntos referidos a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores. 

Entre ellos, la dirigente y esposa de Juan Domingo Perón señaló el derecho a la asistencia, a la vivienda, a la alimentación y al vestido. Además, también delineaba otros estándares de vida como el derecho al esparcimiento, el derecho al cuidado de la salud física y el derecho al respeto.

Estas pautas fueron incluidas en la reforma constitucional de 1949 y, aunque más tarde fueron derogadas junto con ella, quedaron como una guía hacia la vida digna de las personas mayores.

El 28 de agosto se celebra el Día de la Ancianidad porque el mismo día, pero de 1948 Eva Perón proclamó los “Derechos de la Ancianidad” que se incluirían en la Reforma Constitucional de 1949.

 

El Decálogo

1) Derecho a la Asistencia: Todo anciano tiene derecho a su protección integral por cuenta de su familia. En caso de desamparo, corresponde al Estado proveer a dicha protección, ya sea en forma directa o por intermedio de los institutos o fundaciones creados, o que se crearen, con ese fin, sin perjuicio de subrogación del Estado o de dichos institutos para demandar a los familiares, remisos y solventes, los aportes correspondientes.

2) Derecho a la Vivienda: El derecho a un albergue higiénico con un mínimo de comodidades hogareñas es inherente a la condición humana.

3) Derecho a la Alimentación: La alimentación sana y adecuada a la edad y estado físico de cada uno debe ser contemplada en forma particular.

4) Derecho al Vestido: El vestido, decoroso y apropiado al clima, completa el derecho anterior.

5) Derecho al Cuidado de la Salud Física: El cuidado de la salud física de los ancianos ha de ser preocupación especialísima y permanente.

6) Derecho al Cuidado de la Salud Moral: Debe asegurarse el libre ejercicio de las expansiones espirituales, concordantes con la moral y el culto.

7) Derecho al Esparcimiento: Ha de reconocerse a la ancianidad el derecho de gozar mesuradamente de un mínimo de entretenimientos para que pueda sobrellevar con satisfacción sus horas de espera.

8) Derecho al Trabajo: Cuando su estado y condiciones lo permitan, la ocupación por medio de laborterapia productiva ha de ser facilitada. Se evitará así la disminución de la personalidad.

9) Derecho a la Expansión: Gozar de tranquilidad, libre de angustias y preocupaciones en los últimos años de existencia, es patrimonio del anciano.

10) Derecho al Respeto: La ancianidad tiene derecho al respeto y consideración de sus semejantes.

 

COMPARTIR:

Comentarios