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ACTUALIDAD

13 de agosto de 2025

Cada vez más controles sobre las billeteras virtuales: a partir de qué montos te siguen

ARCA investiga movimientos y verifica constantemente los límites de dinero.

A mediados de mayo, el Gobierno puso en marcha el "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos", un régimen que permitirá a los argentinos utilizar libremente sus ahorros ("dólares del colchón") sin tener que demostrar su origen.

La primera etapa del plan incluyó un paquete de medidas coordinadas entre el Ministerio de Economía, el Banco Central (BCRA) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), cuyo objetivo fue llevar a cabo una modernización del sistema financiero.

No obstante, dentro de los anuncios oficiales, el director del ARCA, Juan Pazo, también confirmó un incremento en los umbrales de los montos mínimos por los cuales se informan operaciones bancarias y/o a través de billeteras virtuales.

Los bancos y las billeteras virtuales, como Mercado Pago o Ualá, deberán notificar los movimientos de los usuarios, siempre y cuando superen los límites establecidos:

Personas físicas con transferencias y acreditaciones que superen los $50 millones.

Personas jurídicas con transferencias y acreditaciones que superen los $30 millones.

Previo a esta nueva normativa de ARCA, las transferencias bancarias o a través de una billetera que superaran los $2 millones debían informarse al ente recaudador de impuestos, detallando el tipo de transferencia, CBU o CVU utilizado y el valor de la transacción en pesos.

 

Qué documentación puede solicitarte ARCA

El organismo evaluará la situación de cada uno de los contribuyentes. Si notara que algún contribuyente se excedió de los valores establecidos, podrá controlar si el origen del dinero es lícito.

Justamente, al superar los límites, los usuarios tendrán la obligación de mandar por correo electrónico la documentación solicitada. Incluso, el fisco podría optar por cerrar la cuenta del usuario y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

A continuación, los datos que puede solicitar el organismo:

  • Recibos de sueldo.

  • Comprobantes de haberes jubilatorios.

  • Facturas emitidas en los últimos meses.

  • Constancia del monotributo.

  • Tickets de compra y venta.

  • Justificación de la venta de acciones o empresas.


 

Fuente: El Cronista.

 

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