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ACTUALIDAD

27 de febrero de 2025

Confirman que el clan López no puede evitar la causa de lavado aun con la adhesión al blanqueo

Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones.

En un fallo notificado este jueves, la Cámara Federal de Apelaciones resolvió mantener la decisión del juez de primera instancia Ricardo Mianovich y rechazar el planteo del capo piquetero Ramón “Tito” López y su familia, que indicó que no existía delito de lavado de activos como se lo acusa al adherirse a la ley de blanqueo de capitales que impulsó el gobierno nacional.

“El Juez de anterior grado –en consonancia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal-, señaló

que el beneficio previsto por la "suspensión de la acción penal", opera exclusivamente para los supuestos de casos de acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Manifestó que, en dichos beneficios, el Estado renuncia a continuar con la acción penal ante acciones que involucran tipos tributarios, aduaneros y de seguridad social, quedando totalmente excluidos otros delitos, en razón de que dicha norma es de carácter específico”, señala un extracto del escrito.

Para las juezas, en esta “causa los solicitantes se encuentran procesados por el delito de lavado de activos, llevado a cabo con habitualidad y como  organización y no por  delitos tributarios, aduaneros o de los recursos de la seguridad social, al menos hasta el momento”.

Así se  van agotando las chances de que los López puedan recuperar su libertad antes del juicio que deberán enfrentar.

“A pesar del esfuerzo argumentativo por parte de la Defensa en cuanto cita jurisprudencia de causas que considera atinentes, lo cierto es que se debe analizar cada caso en concreto con sus características individuales; y, a todas luces, los casos traídos a consideración no son aplicables”, señalaron las juezas para dejar claro el rechazo.

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