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25 de Octubre de 2025
ACTUALIDAD
24 de octubre de 2025

Ejemplar sentencia.
Un Juzgado de Resistencia condenó a un médico obstetra y al Sanatorio Chaco S.R.L. a pagar más de $314 millones a una familia, tras determinar que la negligencia en un parto provocó asfixia perinatal y una incapacidad permanente del 60% en el recién nacido. El fallo también denunció la violación de la Ley de Parto Humanizado.
La justicia chaqueña dictó una condena sin precedentes por mala praxis, obligando a un médico y a un centro de salud privado de Resistencia a resarcir a una familia con una indemnización que supera los $314 millones de pesos. La sentencia se emitió tras comprobarse una cadena de negligencias durante un parto que causó graves lesiones neurológicas y físicas a un bebé.
El fallo, dictado por el Juzgado Civil y Comercial N.º 2 de Resistencia, responsabilizó plenamente al médico obstetra, identificado como J.L., y al Sanatorio Chaco, por el daño permanente que dejó al menor con una discapacidad del 60%.
El caso se remonta a noviembre de 2017. A pesar de que las ecografías mostraban un feto de gran tamaño (macrosomía) y existían antecedentes de partos complicados, el Dr. L. se desvió del protocolo de cesárea programada y optó por un parto vaginal de alto riesgo.
Durante el procedimiento, se produjo una distocia de hombros, una emergencia obstétrica que, según el peritaje médico, fue manejada de forma negligente. El recién nacido sufrió asfixia perinatal, fractura de clavícula y una severa lesión del plexo braquial, que lo llevó a desarrollar el síndrome de Claude Bernard-Horner. La Justicia también constató que la sala de reanimación neonatal del sanatorio carecía de elementos básicos e indispensables para atender la emergencia.
VIOLACIÓN DEL PARTO HUMANIZADO
La jueza Ana María Kassor no solo condenó la negligencia médica, sino que también hizo hincapié en la violación de los derechos de la paciente consagrados en la Ley de Parto Humanizado. La sentencia criticó la falta de consentimiento informado y la decisión unilateral del profesional de intentar el parto vaginal a pesar de los riesgos evidentes.
La responsabilidad del Sanatorio Chaco fue determinada por dos motivos clave: la actuación de su profesional y las "graves deficiencias organizacionales", incluyendo la falta de equipamiento adecuado para una emergencia vital.
La indemnización final incluye rubros por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos futuros de tratamiento, buscando una "reparación integral, ágil y eficaz del daño" sufrido por la familia.
Con información de Litigio