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ACTUALIDAD

7 de mayo de 2025

Afuera el bozal legal contra Alerta Urbana por el Hogar Niño Jesús de Charata

La Cámara de Apelaciones desestima las acusaciones de la Asesora de Menores y ratifica el derecho a informar del medio.

En un fallo trascendental para la libertad de prensa, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la IV Circunscripción Judicial resolvió levantar la medida cautelar que impedía a Alerta Urbana informar sobre el Espacio Convivencial Alternativo (ECA) Niño Jesús de Charata.   

La decisión judicial responde a la apelación presentada por Gustavo Olivello contra una resolución previa que acogía el pedido de la Asesora de Niñas, Niños y Adolescentes Nº1, Claudia Teresa Soria, de censurar las publicaciones del medio.   

La Cámara de Apelaciones fue contundente al señalar que no se evidencian tratos humillantes o denigrantes en las publicaciones, como había afirmado la Asesora de Menores.  El tribunal destacó que el medio ejerció su labor periodística sin vulnerar los derechos de ningún niño, niña o adolescente, ya que no se expusieron nombres ni imágenes de menores.   

Además, la Cámara subrayó el interés público de la información difundida por Alerta Urbana, al tratarse de un asunto que "perjudicaría a un universo de potenciales ciudadanos".   

En su resolución, la Cámara confirmó el carácter preventivo de la medida cautelar original, pero aclaró que esto no justifica la restricción a la libertad de expresión cuando la información se proporciona de manera correcta y sin exponer a los menores.   

De esta manera, la información publicada se mantiene en nuestro portal y no será borrada, como pretendía la Asesora, ya que no se ha demostrado que afecte los derechos de la infancia.   

Este fallo sienta un importante precedente en la defensa del derecho a la información y la libertad de prensa, al tiempo que reafirma la necesidad de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, logrando un equilibrio entre ambos principios.   

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