Jueves
8 de Mayo de 2025
ACTUALIDAD
7 de mayo de 2025
Advierten que la determinación que tomó el magistrado podría ser causal de jury.
Una resolución del Juzgado Federal de Resistencia 2, a cargo del juez Ricardo Alcides Mianovich, fechada en mayo de 2025, ha generado interrogantes respecto al destino de bienes provenientes de una causa por infracción al artículo 303 inciso 2 de la Ley Penal Argentina, relacionada con lavado de activos.
En el expediente FRE 8931/2018 contra Omar Naldo Retamozo, la justicia dispuso el decomiso definitivo y anticipado de bienes, decisión confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones.
Sin embargo, en las últimas horas se conocieron cuestionamientos en torno a la decisión de Mianovich incluso al punto de abrir las puertas a ser causal de juicio político.
Si bien la resolución menciona dar un destino que brinde un servicio a la comunidad y el contexto de austeridad, la decisión de entregar de forma definitiva un vehículo decomisado en una causa de lavado directamente al titular de un organismo provincial, y transferir inmuebles al gobierno provincial, despierta cuestionamientos.
Una de las preguntas que surge en este escenario es si este proceso se alinea con los mecanismos habituales de recuperación de activos provenientes de delitos complejos, que suelen involucrar a organismos como la UIF (Unidad de Información Financiera) y la AABE (Agencia de Administración de Bienes del Estado) para su gestión y destino, sugiriendo que la resolución podría haber pasado por alto procedimientos establecidos para este tipo de casos.
La resolución del Juzgado Federal 2, al disponer directamente el destino de los bienes confiscados de manera definitiva, genera un precedente que merecería un análisis más profundo sobre la transparencia y la adecuación a los protocolos en la lucha contra el lavado de activos.
Los bienes cuestionados
La resolución del Juzgado Federal 2 de Resistencia dispuso el destino de bienes previamente decomisados de Omar Naldo Retamozo en el marco de una causa por infracción a la ley penal vinculada al lavado de activos.
La medida, que ordena el decomiso definitivo y anticipado, fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones.
Según el documento judicial, los bienes afectados por esta disposición son:
Un inmueble identificado en el Folio Real 3330 del Departamento O´Higgins, Provincia del Chaco, para el cual se ordenó su inscripción definitiva a favor del Gobierno de la Provincia del Chaco
Un inmueble identificado en el Folio Real 4457 del Departamento O´Higgins, Provincia del Chaco sobre el que se dispuso su inscripción definitiva a favor del Ministerio de Seguridad de la Nación
Una camioneta Toyota Hilux, dominio AA-407-KM en torno a la cual se ordenó su entrega en carácter definitivo al presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chaco, Juan José Fuentes Castillo. La resolución especifica que el vehículo deberá ser utilizado única y exclusivamente para tareas de control y jurisdiccionales de esste organismo.
Las partes involucradas en esta nota tienen su correspondiente derecho a réplica, comunicándose con la producción del programa Alerta Urbana de lunes a viernes de 9 a 13 a los teléfonos 3624-100411 / 3624-622442.
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