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INTERNACIONALES

26 de marzo de 2025

La Justicia de Paraguay volvió a rechazar el pedido de extradición de Kueider

Es por cuestiones formales. Varias lecturas sobre la decisión.

 

 

La solicitud para que sea traído detenido a Argentina la había hecho la jueza Sandra Arroyo Salgado en diciembre pasado. Fue en la causa en la que se lo investiga por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero en los Tribunales de San Isidro

La Justicia de Paraguay volvió a rechazar por “defectos” formales la solicitud de extradición del exsenador Edgardo Kueider, quien cumple prisión domiciliaria en ese país, realizada por la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado en diciembre pasado, para traerlo detenido al país e indagarlo por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

El pedido de la magistrada alcanza, también, a la pareja y exsecretaria del exlegislador Iara Guinsel Costa, con quien fue interceptado el 4 de diciembre último cuando intentaba ingresar a Ciudad del Este desde Brasil, con USD 211.000 sin declarar en su camioneta. Por ese episodio, el juez paraguayo Humberto Otazú los imputó al día siguiente por tentativa de contrabando y dispuso la prisión preventiva domiciliaria de la pareja en Asunción, mientras avanza la investigación a cargo de los fiscales.

En enero, el juez paraguayo Rolando Duarte le había solicitado a la Justicia argentina que “amplíe” y “clarifique” la información y argumentos que sustentan la solicitud de extradición de Kueider y Guinsel Costa. El pedido tomaba como base los requisitos del Tratado Bilateral de Extradición entre ambos países”, señalaron fuentes judiciales en ese momento a Infobae.

El miércoles 19 de marzo, un día antes de que venza el plazo para resolver, Manuel Doldán, titular de la Fiscalía de Asuntos Internacionales de Paraguay, emitió un dictamen en el que señaló que la magistrada argentina debía “corregir la superposición de rogatorias a fin de que se cumplan los lineamientos del Tratado de Extradición entre ambos países”, en referencia al pedido de medidas en el marco de la cooperación internacional y la solicitud de extradición.

Doldán cuestionó que, el 30 de diciembre del año pasado, la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores “remitió una solicitud de asistencia jurídica internacional, separada de la solicitud de extradición, encausada en una rogatoria independiente, transmitida por la vía prevista e invocando la norma internacional aplicable”. Fuentes del Ministerio Público Fiscal de Paraguay sostuvieron que “por un lado, envían una solicitud formal de Asistencia Jurídica y piden determinadas medidas, y por otro lado, en vía paralela, envían una solicitud formal de extradición en donde solicitan medidas invocando Tratados que exigen trámites de legalidad distintos, y eso alteró el curso natural de todos los pedidos”.

“El pedido de extradición no ha sido iniciado ni requerido conforme a lo previsto en el Artículo 19 del Tratado de Extradición, por lo que esta Magistratura, aun no considera procedente el análisis de la detención preventiva con fines de extradición en las actuales condiciones procesales, conforme al dictamen emitido por la Fiscalía General del Estado”, concluyó la respuesta.

 

 

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