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ACTUALIDAD

24 de octubre de 2024

El Congreso propone declarar la emergencia en seguridad vial y repensar las fotomultas

Se trata de una iniciativa de la diputada Patricia Vásquez.

La diputada nacional Patricia Vásquez (PRO) elevó un proyecto de Ley para declarar la Emergencia en Seguridad Vial en la Argentina por el lapso de un año. Esta iniciativa tiene por finalidad ordenar el modo en que se fiscaliza, pero también en el que se crea conciencia en los ciudadanos -tanto quienes circulan en automóviles o motocicletas como en los peatones- respecto a la importancia en el respeto por las normas de tránsito y circulación enunciadas en la Ley Nacional de Tránsito 24.409.

“Hace más de diez años que padecemos miles de muertes al año sin haber bajado ni un solo índice de siniestralidad, a pesar de tener un presupuesto de más de 30 millones de dólares al año en la Agencia Nacional de Seguridad Vial y, sin embargo, no haber generado ningún cambio, ninguna mejora, ni haber evitado ninguna de esas muertes”, dijo la legisladora.

“La iniciativa propone declarar la emergencia en seguridad vial, destinando recursos para generar un plan que reduzca la siniestralidad, fortaleciendo y reforzando los controles presenciales; implementar en el plazo de un año máximo el sistema de scoring en todo el país, que lleva más de 16 años esperando”, señaló Vásquez, quien además es una de las principales impulsoras de la profunda reforma que se está realizando sobre el sistema registral de automotores a través de los Registros de la Propiedad Automotor.

El proyecto contempla crear un fondo con el 100% de los montos recaudados para afectarlos a obras de infraestructura vial, educación vial y asistencia en siniestros viales. Para eso, la legisladora dice que “hay que cortar con el curro de las universidades y las empresas intermediarias que se llevan el 50% -y en algunos casos aún más- de la recaudación por infracciones”, señaló.

 

No es nueva la situación actual, en la que hay un déficit en el control dinámico del respeto por las normas de tránsito, una incompleta educación vial general y una deficiencia mayor aún en la rigurosidad de conocimientos al momento de otorgar una licencia habilitante para conducir vehículos motorizados. Pero sobre todas las cosas, una intención recaudatoria en muchas rutas del país, con controles escondidos y sin la correcta señalización preventiva para los automovilistas.

 

En realidad, lo que hay es un criterio incomprensible para establecer zonas de reducción de velocidad, por lo cual muchos automovilistas terminan “cayendo en trampas” como las que se generan con cambios inesperados de velocidad máxima y una cámara, generalmente móvil, colocada estratégicamente después de la señalización.

 

Para solucionar este problema, se propone que el plan de emergencia incluya un “relevamiento y corrección de las velocidades máximas exigidas en rutas nacionales, a fin de ajustar las mismas a circunstancias razonables y adecuadas, evitando disponer variantes que puedan ocasionar colisiones de acuerdo al lugar y circulación del tránsito”, según detalla el texto de la norma propuesto. Esta labor se complementará instando a municipios, provincias y CABA a tomar las mismas medidas.

 

¿“Es importante que la ley de tránsito sea de orden público para terminar con la dispersión de normas provinciales y municipales, manteniendo la unicidad y seguridad jurídica al ciudadano que esta ley impone. Se debe pasar de un esquema recaudatorio a una verdadera política de prevención vial: las fotomultas dejan de ser el único elemento de constatación de faltas para pasar a ser sólo auxiliar y de apoyo al control que, como ya indica el artículo 70, debe ser presencial con el objetivo de hacer cesar al infractor en su conducta”, dijo Vásquez.

 

En muchas rutas del interior, pero especialmente en las que tienen mayor caudal de tránsito por ser vías de comercio internacional o hacia destinos turísticos, se suelen encontrar situaciones que generan extremo peligro para la circulación porque repentinamente marcan una reducción de velocidad que sólo puede ser cumplida frenando repentinamente.

“En la ruta nacional 14 en dirección al norte, al llegar a la zona de acceso a Bonpland, provincia de Corrientes, hay un distribuidor de tránsito que obliga a una reducción de la velocidad máxima de 120 a 80 km/h. Esa velocidad se sostiene por unos 2.000 metros hasta finalizar con un cartel que habilita nuevamente los 100 km/h de velocidad máxima. Sin embargo, apenas unos 150 metros después de esa señalización, nuevamente hay un cartel de 80 km/h seguido de un radar. Los conductores se encuentran así con una repentina necesidad de frenar cuando estaban todavía subiendo la velocidad, lo que exige necesariamente una maniobra de peligro para evitar una infracción. Y es una ruta nacional”, explicó un empresario de transportes de carga cuya flota recorre la ruta que une Buenos Aires con los pasos fronterizos de las provincias de Corrientes y Misiones.

Aunque el caso testigo sea de una ruta nacional, el proyecto de ley ataca una situación que históricamente ha generado polémica como es una necesaria “adecuación de las leyes locales a los preceptos de la Ley 24.449″, buscando una integración de las normas para un mejor desarrollo del tránsito a nivel global, ya que este tipo de arbitrariedades de velocidades o controles suelen tener el aval de una legislación municipal o provincial que desconocen muchos conductores que atraviesan esas jurisdicciones.

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