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13 de Julio de 2025
ACTUALIDAD
17 de septiembre de 2024
El Servicio Penitenciario Provincial accedió al requerimiento del Equipo Fiscal 4 de “revinculación familiar” entre Emerenciano y César Sena, y Marcela Acuña.
El Servicio Penitenciario Provincial (SPP) dará cumplimiento al pedido del Equipo Fiscal 4 que autoriza las comunicaciones entre los integrantes del clan Sena, detenidos desde junio del año pasado acusados por el crimen de Cecilia Strzyzowski.
De acuerdo con la orden de departamento “372-OD-CPI/24” a la que tuvo acceso Alerta Urbana y que tiene fecha de ayer 16 de septiembre, el SPP permitirá las llamadas entre Emerenciano Sena, Marcela Acuña y César Sena una vez cada 15 días y por el lapso de 30 minutos cada ocasión.
Sin embargo, el clan Sena no tendrá acceso a Internet por lo que no podrán usar redes sociales o de mensajería entre ellas WhatsApp, Telegram, Messenger, Instagram, Facebook, Twitter y Tik Tok.
Por otra parte, el SPP establece que habrá un severo régimen de control y seguimiento de la orden que avaló la comunicación entre los tres detenidos y que cualquier incumplimiento derivará en estrictas sanciones.
El Equipo Fiscal había otorgado la autorización en el marco del derecho que les asiste de revinculación familiar “tal como lo han solicitado los abogados defensores en forma reiterada”.
Así las cosas, y según quedó establecido en el documento, los Sena fueron autorizados al uso de dispositivo telefónico “WIN” del Complejo Penitenciario I (en el caso de Emerenciano y César, su hijo) “para llamadas exclusivamente, sin acceso a internet, por un lapso de 30 minutos, una vez cada quince días corridos”,
“Debiendo ser todas las llamadas monitoreadas por personal penitenciario con informes respectivos conforme lo previsto por las reglamentaciones vigentes”, aclara el documento.
Un adjuntor principal del SPP será quien controle y verifique que cada llamada sea entre los tres integrantes del clan Sena ya que no tienen permitido dialogar con personas externas a ese grupo.
Lo resuelto por el Equipo Fiscal también imparte que el SPP deberá arbitrar los medios necesarios para asignar el espacio físico acorde para la comunicación deseada de los dos Sena (padre e hijo) “siendo ello apartado uno del otro” y que el lugar “deberá contar con el servicio de videocámaras que permita monitorear de manera constante y permanente las actividades, respetando en todo momento su derecho a la intimidad, y de igual forma garantice las normas de un trato adecuado y profesional del personal penitenciario”.
Por otra parte, también indica que deberá tenerse en cuenta “el hipotético caso” de que los internos Emerenciano y César Sena quieran hacer uso del beneficio que se les otorgó, entre ellos y en simultáneo, “entendiendo que comparten el mismo espacio físico de alojamiento, subdividido por celdas de uso individual y requieran comunicarse por telefonía celular”, por lo que se les habilitará otro aparato telefónico a ese fin.
Las limitaciones
El artículo 5 de la la orden de departamento “372-OD-CPI/24” aclara que les queda “expresamente prohibido el uso de la telefonía celular para las comunicaciones con medios periodísticos y la utilización de aplicaciones informáticas de servicios de mensajería IP y redes sociales, como WhatsApp, Telegram, Messenger, Instagram, Facebook, Twitter, Tik Tok y cualquier otra actual o futura”.
Además, ordena que a tal efecto sea cancelada la conexión automática de Wi-Fi y que sea inhibida tanto la señal de red 5G del dispositivo como la cámara digital (webcam) de manera que no puedan utilizarla para tomar fotografías, grabar vídeos o chatear por ese medio.
El monitoreo de las llamadas
Mediante el documento vigente, quedó facultado el equipo Interdisciplinario de tratamiento penitenciario del SPP para, empleándose todos los medios adecuados, incluida la asistencia religiosa, a realizar los informes y demás documentos pertinentes luego de cada llamada telefónica efectuada por los Sena, para que libremente puedan formular recomendaciones a la administración penitenciaria y a otras autoridades competentes.
Las partes involucradas en esta nota tienen su correspondiente derecho a réplica, comunicándose con la producción del programa Alerta Urbana de lunes a viernes de 9 a 13 a los teléfonos 3624-100411 / 3624-622442.
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