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POLITICA

9 de septiembre de 2022

El Gobierno oficializó el programa Puente al Empleo

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Desde la Casa Rosada comunicaron que el programa Puente al Empleo ya es oficial y estará vigente desde el 1ro de octubre. Este es un proyecto que busca transformar los actuales planes sociales en empleo formal.

El Gobierno hizo oficial, a través del Boletín Oficial, la iniciativa que buscará transformar los planes sociales en trabajo formal llamda Puente al Empleo. Con esta nueva política se intentará incorporar a 150 mil personas en el mercado laboral. De esta manera, se generarán nuevos puestos de trabajo en nuestro país y las personas que reciben este incentivo económico podrán ser trabajadores activos y formales.

La medida fue publicada bajo el Decreto Nº 551/2022 y lo firman el presidente Alberto Fernández y Sergio Massa. El actual ministro de economía impulsó esta iniciativa en 2021 cuando era el presidente de la Cámara de Diputados. También fue firmado por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, el ministro de Desarrollo Social, Juan Zabaleta, y el de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni.

Esta nuevo decreto apunta a “mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas y promover la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica”. “Las empleadoras y los empleadores del sector privado que contraten nuevas trabajadoras o nuevos trabajadores que participen en los programas sociales, educativos o de empleo (...), gozarán respecto de cada una de las nuevas incorporaciones que produzcan un incremento neto en la nómina de personal, de los beneficios dispuestos en los artículos 3° y 4° del presente, por un plazo de doce meses contados a partir del inicio de la relación laboral”, aclara el segundo artículo del decreto.

Si bien la iniciativa de Puente al Empleo ya fue oficializada por el Gobierno, recién entrará en vigencia el primer día de octubre. En su tercer artículo explica que “durante el plazo en que se desarrolle la relación laboral, la empleadora o el empleador, una vez que se acoja al Programa ‘Puente al Empleo’ deberá considerar e imputar la asignación dineraria de los programas sociales, educativos o de empleo a que se refiere el artículo 2º que se continúe percibiendo, a cuenta del pago de la remuneración”.

Además aclaran que “producida la discontinuidad del contrato de trabajo, las trabajadoras o los trabajadores tendrán la posibilidad de continuar percibiendo las asignaciones dinerarias que brindan dichos programas, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supera los doce meses”.

 

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