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ARCA

12 de octubre de 2025

Límites de ARCA: nuevos montos que podés transferir por billeteras virtuales

Las entidades bancarias y billeteras digitales deberán reportan información fiscal al organismo si las transacciones superan determinados montos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP en 2023, actualizó nuevamente los valores a partir de los cuales las operaciones bancarias y digitales pueden quedar bajo observación. En un escenario de inflación y creciente uso de billeteras virtuales, el ente fiscal busca reforzar el control sobre los flujos de dinero sin afectar el uso habitual de los usuarios.

Desde enero de este año, estableció que los bancos y las aplicaciones financieras deben reportar periódicamente las operaciones específicas de sus clientes, como transacciones, saldos y consumos, cuando superen determinados montos. Estos límites se actualizan cada seis meses, siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC).

Límite de transferencias en octubre 2025
En octubre, ARCA fijó nuevos topes que determinan qué operaciones deben ser informadas por las entidades financieras y billeteras digitales. A partir de ahora, se deberán reportar los siguientes movimientos:

Transferencias y acreditaciones

  • Personas físicas: $50.000.000
  • Personas jurídicas: $30.000.000

Extracciones en efectivo

  • $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas.

A partir de esta medida actualizada, tendrán que comunicarle al organismo las altas, bajas y modificaciones de cuentas y las transacciones que realizan los usuarios a partir de estos valores. Sobre las transferencias, deberán anunciar las operaciones realizadas, los montos y tipo, la cuenta de emisión y destino, etcétera.

El régimen no afecta a los clientes ni los pagos, pero en caso de que ARCA encuentre inconsistencias podrá iniciar fiscalizaciones para determinar el origen de los fondos.

Documentación que puede solicitar ARCA
En caso de que se superen los límites, y luego de evaluar la situación de los contribuyentes, ARCA puede solicitar cierta documentación que justifique el origen del dinero. Esta debe ser enviada por correo electrónico e incluye:

  • Recibos de sueldo.
  • Comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturas emitidas en los últimos meses.
  • Constancia del monotributo.
  • Tickets de compra y venta.
  • Justificación de la venta de acciones o empresas.

Si estos datos resultan insuficientes o se detecten inconsistencias, el ente puede derivar la tarea a la Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de analizar posibles maniobras irregulares.

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