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ACTUALIDAD

19 de julio de 2025

Jueces de Ejecución Penal piden que no se informen datos sobre condenados por la ley

Se difundieron datos sobre privados de la libertad.

En una decisión que busca la protección de los derechos de las personas privadas de libertad, el Juzgado de Ejecución Penal N°2 de Resistencia ha emitido una exhortación a los Ministerios de Seguridad y de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos, así como a la Jefatura de la Policía del Chaco y del Servicio Penitenciario Provincial, para que adopten medidas que eviten la difusión de datos personales e imágenes de internos en los medios de comunicación. La resolución, firmada por Ligia Alejandra Duca y Jorge Raúl Lataza Gandini, jueces de los Juzgados de Ejecución Penal N°2 y N°1 respectivamente, surge a raíz de una presentación de la Defensoría General Adjunta, Gisela Gauna Wirtz.

La Defensoría General Adjunta puso en conocimiento de los juzgados la reiteración de publicaciones periodísticas que informaban sobre traslados de personas condenadas, consignando expresamente sus nombres, los delitos por los cuales fueron condenadas y las penas impuestas. Se argumentó que esta difusión de información identificatoria vulnera derechos fundamentales como la privacidad y la dignidad, contribuyendo a la estigmatización social y generando un "castigo simbólico por fuera del marco previsto por la ley".

Los juzgados intervinientes basaron su decisión en un marco normativo que incluye la Constitución Nacional, tratados internacionales de Derechos Humanos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establecen el respeto a la dignidad inherente al ser humano para toda persona privada de libertad. Asimismo, se hizo hincapié en el artículo 19 de la Constitución de la Provincia del Chaco, que garantiza el derecho a Habeas Data y prohíbe el uso de datos con fines discriminatorios.

La resolución también cita la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, que establece que el traslado de internos "se sustraerá a la curiosidad pública y estará exento de publicidad". Además, se mencionó la Ley 25326 de Protección de Datos Personales, que rige la no difusión de datos personales, y el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley de la ONU, que insta a respetar y proteger la dignidad humana de todas las personas.

En este sentido, los jueces exhortaron a las autoridades pertinentes a evitar la difusión de datos e imágenes que "resulten contrarios a la finalidad constitucional de reinserción social, e impliquen o puedan implicar estigmatización de las mismas, y de su núcleo familiar". La única excepción a esta medida sería en casos debidamente fundados a derecho, como con fines de captura.

 

 

 

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