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NACIONALES

21 de marzo de 2025

Revés para Cristina Kirchner, José López y Lázaro Báez en la Causa Vialidad

Casación rechazó su apelación y el expediente pasará a la Corte.

 

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por unanimidad, ratificó las condenas dictadas a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, José López y Lázaro Báez por fraude en la obra pública. También rechazó, por mayoría, el recurso fiscal por el delito de asociación ilícita como parte de la causa Vialidad, que involucra a otras ocho personas.

La causa podría ahora ir la Corte Suprema, a través de un recurso de queja, es decir, sin el aval de la Cámara. La opinión de la Corte, que no tiene plazo, será necesaria para que las condenas se hagan efectivas.

La sala que se pronunció este viernes es presidida por Mariano Borinsky e integrada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. Y los recursos de apelación fueron presentados por los abogados de los condenados y por el fiscal Mario Villar, contra el fallo de la misma Sala, que en noviembre confirmó las condenas impuestas por el Tribunal Oral 2. La pena es de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la Administración Pública, en las 51 obras viales que el empresario Lázaro Báez obtuvo entre 2003 y 2015.

Los abogados defensores de todas las partes, junto con el fiscal, tienen ahora cinco días hábiles para presentar ante la Cámara el llamado “recurso de queja” para llegar a la Corte, algo que está previsto que suceda.

A partir de ahora, la Corte tiene dos caminos. Uno es rechazar la apelación de las partes sin analizar el fondo del planteo (lo que se llama rechazar por artículo 280 del Código Penal). Si esto ocurre, quedaría firme la condena y los acusados que tuvieran una pena de más de tres años y un día de prisión, deberán quedar detenidos. En el caso de la ex presidenta, si no contara con fueros legislativos, debería cumplir arresto domiciliario por contar con 72 años.

El segundo camino es “abrir” el caso para su estudio, lo que demandaría más tiempo. En este segundo caso, puede confirmar lo actuado por la Justicia anteriormente, anular las sentencias o confirmarlas parcialmente, es decir, rebajar o subir las condenas, o absolver a alguno de los acusados.

 

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