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PROVINCIA

5 de octubre de 2023

Casa de Gobierno ¿zona liberada? Nombramientos, asignaciones y pases a plata a mansalva ante de terminar la gestión de Capitanich ¿Corresponden o no?

Desde el ejecutivo provincial y otras áreas gubernamentales realizaron nombramientos, dispusieron asignaciones e incluso bonificaciones a agentes de distintos organismos de la Administración Pública

JONADA LABORAL MIXTA

Alerta Urbana accedió a la Disposición-2.023-490-2-11, la cual establece Jornada Laboral Mixta, la cual implica que el agente deberá cumplir la carga horaria de forma presencial y teletrabajo.

La disposición menciona que a partir del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Provincial (CCT) suscripto el 9 de marzo del 2023 publicado en el Boletín Oficial Electrónico-Edición N°10.993 de fecha 29 de marzo de 2023, establece la Jornada Laboral en su artículo 54° inciso c) Jornada Mixta, la cual implica que el agente deberá cumplir la carga horaria de forma presencial y teletrabajo.

Así esta nueva forma de prestación de trabajo tiene por objeto generar mejores condiciones para aquellos agentes que se encuentran bajo esta modalidad, respetando sus derechos, deberes y obligaciones en el marco de la Ley N° 292-A y CCT y consideran propicio adoptar en un marco consensual arribado entre Directores y jefes de Departamento, hacer efectivo el régimen acordado de carga horaria extraordinario establecido por el Decreto N° 4515/19, que implica para los agentes comprendidos, el cumplimiento de una carga horaria diaria de dos (2) horas diarias superiores a la jornada normal de seis con treinta (6.30) horas, por un total mensual de 40 horas, adherirse a la modalidad de Jornada Mixta, combinando el trabajo presencial y teletrabajo de acuerdo a la necesidad de la misma y siempre que la implementación de la modalidad laboral acordada, garantice la continuidad de los servicios prestados por la Administración Publica Provincial y en particular no implique afectación del normal y habitual cumplimiento de gestiones administrativas en las cuales la Dirección General de Recursos Humanos es competente.

En este orden desde la Dirección General de Recursos Humanos dispuso que desde el 3 de octubre se implemente este instrumento legal en esa Dirección General de Recursos Humanos, a hacer uso de la Modalidad de Prestación de Servicios Jornada Mixta, prevista en el Artículo 54º- inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Provincial (CCT), conforme lo expuesto en los considerandos de la presente Disposición.

Así mismo se dispuso que los Directores, jefe del Departamento Administrativo y Responsables de las UNGI dependientes de la Dirección General de Recursos Humanos, autorizarán y determinarán las tareas y carga horaria a asignar a los agentes que opten por dicha modalidad y que se encuentren bajo su cargo; como así también podrán solicitar la presencialidad en el caso que las tareas así lo requieran. Los mismos remitirán dichas diagramaciones con las respectivas certificaciones de servicios al Departamento Administrativo el primer día hábil de cada mes.

 

BONIFICACIONES POR DEDICACIÓN EXCLUSIVA

También se accedió a la Resolución  Decreto N° 674/2.023, en el cual se solicitó el otorgamiento de la Bonificación por Dedicación Exclusiva a partir del 01 de septiembre de 2023, a favor de 49 agentes dependientes de la Jurisdicción 06 - Ministerio de Salud Pública – que están detallados en la fotografía

A ello señala que los agentes mencionados, se encuadran en la  normativa legal vigente, para percibir la Bonificación solicitada, quienes han cumplimentado  con los pasos administrativos y técnicos correspondientes y que, a fin de resguardar dichos antecedentes, es que los mismo se encuentran en la Unidad de Recursos Humanos Ministerio de Salud Pública y por ello se hace indispensable contar con más horas de trabajo de los agentes beneficiarios, para cubrir la demanda de atención en los establecimientos en los que prestan servicios

Este beneficio a otorgarse, implicará para los agentes involucrados, la prestación de un mínimo de 44 hs. de servicios semanales en el Establecimiento Sanitario, en función de las necesidades de la Dirección del Servicio y distribuidas según su criterio, con prohibición de ejercer la profesión, oficio o actividad privada o por cuenta propia en relación de dependencia, salvo la docencia, dentro de los límites que fija la Ley de Incompatibilidad;

Que por el Decreto N° 674/2023, se faculto a la Señora Ministra de Salud Pública, Dra.  Carolina Centeno a otorgar mediante Resolución Ministerial el concepto Bonificación por Dedicación Exclusiva que se encuadra en lo previsto en el Artículo 2° del Decreto N° 1439/92 - t.v- y su similar modificatoria N° 1176/11 y lo dispuesto en la Ley N° 2423-A y conforme a la escala de remuneraciones vigente

Por ello la ministra de Salud Pública resolvió que para dichos agentes mencionados en la resolución perciban Bonificación por Dedicación (25%), Bonificación para Agentes de Establecimientos Sanitarios (60%, 70%) y Bonificación por Servicios Administrativos Adicionales de Salud (130%) deberá dejarse sin efecto a partir del 01 de  septiembre de 2023. Esto se otorgó a partir del 01 de septiembre de 2023, a favor de los agentes dependientes de la Jurisdicción 06 - Ministerio de Salud Pública – detallados, prevista en el Artículo  2° del Decreto N° 1439/92 - t.v - y su similar modificatoria N° 1176/11, consistente en los porcentajes consignados en la mencionada planilla, conforme a la base de cálculo de bonificación “Dedicación Exclusiva” según Ley N° 2423-A y a la escala de remuneraciones vigente, en la Categoría 3 Personal Administrativo y Técnico - Apartado c) en el mismo grupo del cargo en el que revista el agente.

Así mismo desde la Unidad de Recursos humanos de Salud Pública indicaron acompañaron dicha solicitud indicando que el presupuesto para la misma es de $7.582.335,51

Cabe mencionar que las partes involucradas en esta nota tienen su correspondiente derecho a réplica comunicándose a los números 3624100411/ fijo 4573782

 

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