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23/08/2024

Guillermo Michel, ex titular de la Aduana: “La reglamentación del RIGI se extralimitó y autoriza giros de fondos al exterior por fuera de la ley”

Fuente: telam

El contador y abogado advirtió que “esta extensión de beneficios es ilegal y va más allá del texto y del espíritu de la ley que aprobaron los legisladores”

>Guillermo Michel, ex titular de la Aduana, advirtió que el decreto que reglamentó el Régimen para Grandes Inversiones (RIGI), que fue parte de la Ley Bases que impulsó el Gobierno y aprobó el Congreso el mes pasado, se “extralimitó” y autoriza algunas operaciones que están por fuera del texto y el espíritu de la propia norma.

“El objetivo es que vengan dólares, si los traen por el mercado de cambios se los deberían llevar de la misma manera. Ahora, por decreto, dicen otra cosa: que hay parte que puede entrar por CCL [contado con liqui]. La indemnidad de giro de fondos al exterior es solo para el VPU, no para otros terceros, como acreedores y garantes, como dice el decreto. Están extendiendo la indemnidad cambiaria a los prestamistas, a los bancos internacionales, fondos y otros vehículos financieros. Amplían los beneficios más allá de la ley. El decreto debe reglamentar la ley, no extender beneficios más allá de lo que establece la norma votada por el Congreso”, destacó el contador y abogado cercano a Sergio Massa en diálogo con Infobae.

— El quinto párrafo del artículo 199 de la Ley N° 27.742 establece que no son aplicables a los Vehículos de Propósito Único (VPU), como se llama a las empresa que acceden al régimen, las normas cambiarias, lo cito textual, “que establezcan restricciones o autorizaciones previas para el acceso al mercado de cambios para el pago de utilidades, dividendos o intereses a sujetos no residentes, en la medida que tales utilidades, dividendos o intereses hayan sido generados por aportes de capital u otras inversiones directas, o por préstamos u otros endeudamientos financieros con el exterior, ingresados y liquidados en el mercado de cambios por el VPU a partir de la fecha de adhesión al RIGI, sin que en este caso aplique el límite cuantitativo previsto en el párrafo anterior”.

Debe existir una correlación directa entre fondos ingresados y giro de divisas.

¿Qué aspectos?

— ¿Por qué cree que se reglamentó de esta manera?

— Estoy de acuerdo en dar incentivos a nuevas inversiones, pero hay que respetar la ley. Claramente, esta extensión de beneficios es ilegal y va más allá del texto y del espíritu de la ley que aprobaron los legisladores. Entiendo que se hizo de esta manera porque debe haber presiones de inversores extranjeros, sectores financieros y estudios de abogados, que ya están trabajando para estructurar estas inversiones, para tener beneficios extras. En todo caso, lo que se debería hacer es mandar un nuevo proyecto para cambiar la ley que votaron diputados y senadores.

— Sí, los estoy estudiando. Temas impositivos, como la actualización de quebrantos del Impuesto a las Ganancias y cuestiones vinculadas al Impuesto PAIS, por ejemplo. En el artículo 138 se busca ampliar la estabilidad fiscal de las importaciones, cuando el Impuesto PAIS que no grava las importaciones sino la compra de moneda extranjera.

Fuente: telam

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