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EL PAIS

7 de octubre de 2021

La justicia ordenó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner

"El Memorándum de entendimiento con Irán más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito (...) No hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”.

Con esa afirmación categórica el Tribunal Oral Federal 8 (TOF8) puso fin a una de las más emblemáticas causas armadas y ordenó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner y de todxs lxs imputadxs que habían sido acusadxs en un comienzo por el fallecido fiscal Alberto Ninsman y luego por la DAIA. 

La jueza María Gabriela López Iñíguez y los jueces Daniel Obligado y Juan Michilini consideraron en forma unánime que no hay motivos para hacer un juicio. Dieron la razón a las defensas con argumentos en la misma línea que había utilizado el juez federal Daniel Rafecas cuando decidió archivar el caso el 26 de febrero de 2015, poco después de la primera denuncia, que fue reabierta al año siguiente por la Cámara de Casación Penal y extendió sus efectos políticos hasta ahora. También señalaron que está fuera de duda que las visitas de los jueces de Casación Gustavo Hornos y Mariano Borinsky a Mauricio Macri en la Casa Rosada y la Quinta de Olivos en momentos claves del expediente "afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural".

“Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”, dice la resolución a la que accedió Página/12. 

Ni traición a la patria, como intentó adjudicar el fallecido juez Claudio Bonadio, igual que familiares de AMIA aliados con la DAIA --hoy querellantes-- ni encubrimiento de los iraníes sospechosos del ataque terrorista, como imputó desde un comienzo Nisman. Según el TOF8 no hay nada de eso, tal como desarrollaron en las audiencias orales las defensas y, en particular, los abogados Marcos Aldazábal, que representa al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y Aníbal Ibarra, letrado del senador Oscar Parrilli. 

La decisión de lxs juecxs, además, se contraopone con el planteo del fiscal Marcelo Colombo, que pedía que el juicio se haga. 

Los sobreseimientos benefician, además de a CFK, Parrilli y Mena, también al actual Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el ministro de Desarrollo de la comunidad bonaerense, Andrés Larroque, a la ex procuradora Angelina Abbona, al actual embajador en Rusia, Eduardo Zuain, al dirigente Luis D’Elía, al exlíder de Quebracho Fernando Esteche, el referente de la comunidad islámica Jorge Khalil y el exespía Allan Bogado. 

Por otra parte, en su fallo los jueces dejan sentado "que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieran gozado las personas antes mencionadas, lo cual resulta extensivo al excanciller Héctor Marcos Timerman". 

 


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