Sábado 20 de Abril de 2024

Hoy es Sábado 20 de Abril de 2024 y son las 06:34 - ALERTA URBANA ...DE LUNES A VIERNES DE 09 A 13 POR FM GUALAMBA 93.7 MHZ.- LO QUE TENES QUE SABER ESTA EN ALERTA URBANA

  • 17.8º

SOLIDARIDAD

18 de marzo de 2021

La Justicia rechazó una demanda contra Google

"No se advierte que los sitios cuestionados dirijan contra el demandante expresiones ofensivas que puedan caber en la categoría de insulto u ofensa", sostuvo el tribunal.

La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de una demanda por daños y perjuicios contra Google y revocó la sentencia que ordenaba bloquear del buscador de internet los contenidos sobre una condena, a dos años de prisión y cuatro de inhabilitación, contra un abogado por presunta estafa a una clienta.


Según fuentes judiciales el letrado, A.A.V., promovió la demanda invocando el "derecho al olvido", ya que en 2002 fue indultado por el entonces presidente Eduardo Duhalde, y luego, casi una década después, la sentencia que pesaba en su contra fue anulada por la Cámara Federal de Casación Penal.

Google argumentó que varios sitios habían eliminado el contenido cuestionado y que la empresa no debía ser condenada por información creada por los usuarios, pero A.A.V insistió con la acción indemnizatoria, pidiendo que no se exculpara al motor de búsqueda dado que siguió con la difusión del caso luego de que fuera absuelto.

La Sala III de la Cámara recordó que en el caso "Rodríguez, María Belén", la Corte Suprema concluyó que en los motores de búsqueda "importa el ejercicio pleno y regular de la libertad de expresión constitucionalmente protegida".

Y señaló que "conforme las características propias de internet, resulta razonable admitir que los motores de búsqueda (...) sólo responden civilmente por el contenido que les es ajeno cuando toman efectivo conocimiento de la ilicitud" de los mismos y no actúan en consecuencia.

El tribunal de segunda instancia evaluó que los hechos a los que hacen alusión los sitios impugnados reflejaban de manera veraz la situación procesal en la que se encontraba A.A.V. cuando se difundió la noticia, ya que "la sentencia absolutoria fue dictada con posterioridad".


En coincidencia con lo resuelto en primera instancia, los camaristas Ricardo Recondo, Guillermo Antelo y Eduardo Gottardi afirmaron que "no se advierte que los sitios cuestionados dirijan contra el demandante expresiones ofensivas que puedan caber en la categoría de insulto u ofensa".

Los camaristas destacaron que "el derecho al olvido no es ilimitado", ya que la decisión acerca de la desvinculación de los enlaces que un buscador realiza entre el nombre de una persona y los sitios que alojan información que la mencionan "no puede quedar librada exclusivamente a la voluntad del sujeto afectado", porque en ese caso se privilegiaría indiscriminadamente sus derechos frente la la información y la libertad de expresión.

Fuente: Página 12 

Seguinos de lunes a viernes de 9 a 13 hs por FM GUALAMBA 93.7 MHZ y a través de la página web www.fmgualamba.com.ar 
La actualidad también en:
www.alertaurbana.com.ar 
(Compartí con nosotros tus comentarios, denuncias, fotos y videos al WhatsApp 3624100411).

COMPARTIR:

Comentarios