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SOCIEDAD

28 de enero de 2021

Establecen medidas para reducir presencia de arsénico en agua mineral natural

La medida fue adoptada a través de una resolución dictada por las secretarías de Calidad en Salud y de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional, publicada en el Boletín Oficial.

Las empresas productoras de agua mineral embotellada de la Argentina deberán observar a partir de este jueves las nuevas indicaciones oficiales respecto a la pureza del agua para reducir al máximo la presencia de arsénico, un elemento que se relaciona con el desarrollo del cáncer.

La medida fue adoptada el miércoles a través de una resolución dictada por las secretarías de Calidad en Salud y de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional, publicada en el Boletín Oficial tras una nueva definición de "agua mineral natural".

Según el Código Alimentario Argentino (CAA) esa nueva definición establece que "se entiende por agua mineral natural un agua apta para la bebida, de origen subterráneo, procedente de un yacimiento o estrato acuífero no sujeto a influencia de aguas superficiales y proveniente de una fuente explotada mediante una o varias captaciones en los puntos de surgencias naturales o producidas por perforación".

Esta medida fue adoptada debido a que "distintas regiones del país padecen el fenómeno del hidroarsenicismo, que constituye un severo problema de salud ambiental".

Estudios epidemiológicos demuestran que "el consumo de agua con elevada concentración de arsénico se relaciona con el desarrollo de cáncer en varios órganos, en particular la piel, la vejiga y los pulmones".

Esta medida fue adoptada debido a que distintas regiones del país padecen el fenómeno del hidroarsenicismo, que constituye un severo problema de salud ambiental
En este sentido, la resolución dictada "disminuye de 0,2 a 0,05 el nivel máximo permitido de arsénico en agua mineral natural, una medida regulatoria que acentúa las estrategias para la prevención de enfermedades", explicó el secretario de Calidad en Salud de la Nación, Arnaldo Medina, quien adoptó la medida junto a Marcelo Alos, funcionario de la cartera de Agricultura, Ganadería y Pesca. La norma entrará en vigencia este jueves, por lo que los elaboradores deberán ajustarse a los valores establecidos por la nueva normativa.

Para realizar la modificación de la normativa, el Grupo de Trabajo ad Hoc de Contaminantes Inorgánicos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) dependiente de la Anmat, "realizó un estudio sobre normativa y publicaciones científicas recomendados por organismos de referencia como la OMS", dijo Medina.

En este sentido, el funcionario detalló que el Laboratorio Nacional de Referencia del INAL "efectuó un monitoreo de las aguas comercializadas en el mercado, cuyo resultado concluyó en una recomendación a la Conal sobre la necesidad de actualizar la normativa".

Fuente: Telam.

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