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18 de noviembre de 2020

Corrientes desconocería el fallo de Flores y mantiene las pautas acordadas con los movilizados

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El Ejecutivo correntino tendría decidido desconocer el fallo del Juez Civil y Comercial N°21 al considerar que "no tiene jurisdicción" en la vecina provincia. Las disposiciones consensuadas el lunes, que liberan del pago de hisopados a jubilados y pensionados, y permiten cruzar con testeos negativos realizados en el Chaco ya están vigentes.

El conflicto generado entre Chaco y Corrientes por el cruce de personas durante la pandemia, fundamentalmente por las estrictas medidas implementadas por el Gobierno de la vecina provincia encamina su resolución por la vía política y no por la judicial, como se preveía hace no mucho tiempo. 

Según pudo saber la Agencia FOCO, el Ejecutivo correntino tendría dedicido desconocer el fallo del Juez Civil y Comercial N°21, Julián Flores, quien en las últimas horas otorgó un hábeas corpus "erga omnes" a favor de quienes intentar trasladarse entre provincias; pero mantener las pautas acordadas luego del diálogo concretado el lunes con los representantes del colectivo "Liberen el Puente". 
 

El fallo

A través del diálogo, el Gobierno de Corrientes y los movilizados acordaron flexibilizaciones para cruzar entre provincias

 

La medida ordenada por  Flores es aplicable “respecto de todos” o “frente a todos”, en referencia a las limitaciones de tránsito dispuestas por el Gobierno de la provincia de Corrientes.

El magistrado resolvió “hacer saber a los accionados, que deberán aceptar como válidos los hisopados realizados en laboratorios y/o instituciones públicas y/o privadas, las que tendrán vigencia dentro de los quince (15) días de practicadas".

Asimismo, conminó que “la habilitación de permisos sea llevada a cabo en tiempo y forma, de modo que permitan cumplir con la libre circulación de los ciudadanos”.

También alertó que “ante el incumplimiento de esta resolución, se aplicarán astreintes (impuestas por el juzgador a un sujeto para constreñirle al cumplimiento de la actividad ordenada), las que se fijan precautoria y prudencialmente en la suma de pesos cien mil ($100.000) por cada día de demora, haciendo personalmente responsable al gobernador de la provincia de Corrientes”.

En los considerandos del habeas corpus colectivo, el juez sostuvo que “los requisitos dispuestos por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes a las personas para habilitar su ingreso al territorio provincial desde la Provincia del Chaco, establecidas mediante decreto Nº 935/2020, el cual aprueba la resolución Nº 2252 de fecha 16 de Junio del 2020 del Ministerio de Salud Pública de Corrientes representan una limitación de la libertad, no resultando en la actualidad razonables, necesarios, ni proporcionales”.

Altas fuentes del Gobierno correntino respondieron ante la consulta de esta agencia que "el fallo no tiene jurisdicción en Corrientes", con lo cual  se maneja la posibilidad de que ni siquiera sea apelado. "De constestarse con algún recurso, se estaría validando una competencia que este juez no tiene porque ataca una disposición de la provincia de Corrientes con una ley del Chaco", agregaron desde la Fiscalía de Estado correntina 

En este contexto, desde el Ejecutivo del Corrientes confirmaron a la Agencia FOCO que rigen las pautas acordadas en la reunión del lunes de la que participaron ministros de la vecina provincia y representantes de los movilizados que, de hecho, contempla mejores condiciones que el fallo de Flores. 

El director de Seguridad Vial y encargado del operativo en el puente, Darío García, ratficó a esta agencia que las medidas ya están en vigencia, más allá de que falte finiquitar el trámite administrativo, con la firma del gobernador, Gustavo Valdés. 

En consecuencia, ya pueden cruzar con hisopados negativos realizados en el Chaco o hacérselos en el puente pero de manera gratuitalos propietarios de inmuebles en Corrientes que residan en la otra orilla del Paraná. 

A esta flexibilización se agregó que los ciudadanos chaqueños que requieran cuzar cuenten con hisopados realizados en cualquier institución pública, en el marco del plan Detectar o en instituciones privadas. 

Además, se exceptuó del pago del hisopado a los jubilados y pensionados, con lo cual estos ciudadanos será hisopados sin costo. En tanto, a la opción de enfermedades oncológicas y/o patologías urgentes se le agregarán turnos médicos y se estudiarán otras opciones sanitarias. El Gobierno correntino se comprometió además a ajustar el tiempo de otorgamiento de los permisos, cuestión que días después determinó Flores en su fallo.  
 

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